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Definición: Escritura pública mediante la cual una persona (mandante) confiere a otra (mandatario) la facultad de representarla en actos generales, específicos o en juicio, con las atribuciones que se detallen expresamente en el instrumento.
Mandante, presencial con cédula de identidad vigente. El mandatario no requiere estar presente al momento de otorgarse el mandato.
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